RESOLUCIÓN 209.CP.2024
RESOLUCIÓN 209.CP.2024
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Fecha
2024-03-26
Autores
Escuela Superior Politecnica de Chimborazo
Título de la revista
Revista ISSN
Título del volumen
Editor
Abstracto
Artículo 1.- Aprobar la reforma del artículo 2 de la Resolución 913.CP.2023, de conformidad al
pedido realizado mediante Oficio Nro. ESPOCH-DDA-2024-0391-O, suscrito por el Ing. Wilian
Enrique Pilco Mosquera, PhD. Decano de Desarrollo Académico, quedado la Comisión Especial
Disciplinaria de la siguiente manera:
• Ing. Wilian Enrique Pilco Mosquera, Decano de Desarrollo Académico, o su delegado
quien preside;
• Ing. Carlos Eduardo Andrade Cuadrado, Subdecano de la Facultad de Salud Pública, o
su delegado en calidad de miembro;
• Ing. Víctor Oswaldo Cevallos Vique, Decano Académico de Grado, o su delegado en
calidad de miembro;
• Actuará en calidad de veedores la Srta. Nayely Samanta Ocaña Yanza, Representante
Estudiantil al Consejo Politécnico, o su delegado.
Actuará en calidad de Secretario Ad-Hoc un abogado de la Dirección Jurídica, designado por el
Director Jurídico de la institución, a petición del Presidente de la Comisión Especial Disciplinaria.
El Secretario de la Comisión Especial Disciplinaria será el encargado de asesorar jurídicamente en
lo que corresponde a sustanciar el proceso.
Descripción
Artículo 1.- Aprobar la reforma del artículo 2 de la Resolución 913.CP.2023, de conformidad al
pedido realizado mediante Oficio Nro. ESPOCH-DDA-2024-0391-O, suscrito por el Ing. Wilian
Enrique Pilco Mosquera, PhD. Decano de Desarrollo Académico, quedado la Comisión Especial
Disciplinaria de la siguiente manera:
• Ing. Wilian Enrique Pilco Mosquera, Decano de Desarrollo Académico, o su delegado
quien preside;
• Ing. Carlos Eduardo Andrade Cuadrado, Subdecano de la Facultad de Salud Pública, o
su delegado en calidad de miembro;
• Ing. Víctor Oswaldo Cevallos Vique, Decano Académico de Grado, o su delegado en
calidad de miembro;
• Actuará en calidad de veedores la Srta. Nayely Samanta Ocaña Yanza, Representante
Estudiantil al Consejo Politécnico, o su delegado.
Actuará en calidad de Secretario Ad-Hoc un abogado de la Dirección Jurídica, designado por el
Director Jurídico de la institución, a petición del Presidente de la Comisión Especial Disciplinaria.
El Secretario de la Comisión Especial Disciplinaria será el encargado de asesorar jurídicamente en
lo que corresponde a sustanciar el proceso.