RESOLUCIÓN 108.CP.2024

dc.contributor.author Escuela Superior Politecnica de Chimborazo
dc.date.accessioned 2024-04-05T14:07:26Z
dc.date.available 2024-04-05T14:07:26Z
dc.date.issued 2024-02-20
dc.description Artículo 1.- Autorizar validar los registros manuales de avance de tutorías que los maestrantes Miguel Oswaldo Guzmán Jara y Klever Marcelo Llivicura Guncay estudiantes de la Maestría en Reproducción Animal mención Reproducción Bovina COHORTE II. presentaron en físico, a través del trámite establecido para el efecto en el “Normativo para tutorías de trabajo de titulación del IPEC de la ESPOCH” (Resolución 601. CP.2022), por lo que esto implica que el registro físico sea ingresado al Sistema Académico de Posgrado, para que evidencie la actuación académica de las tutorías y posteriormente proceder con la recepción de la defensa del trabajo de titulación y demás tramitación; para el presente caso sírvanse considerar la concesión de un plazo perentorio que puede ser de hasta 30 días, conforme al informe jurídico remitido mediante oficio Nro. DJESPOCH- MLPC-0013-2024, suscrito por la Abg. Marcela Parra, Abogada de la Institución, y avalado por el Abg. Daniel Antonio Núñez Bucay, Mg. Director Jurídico, mediante Oficio Nro. ESPOCH-DJ- 2024-0219-O.
dc.description.abstract Artículo 1.- Autorizar validar los registros manuales de avance de tutorías que los maestrantes Miguel Oswaldo Guzmán Jara y Klever Marcelo Llivicura Guncay estudiantes de la Maestría en Reproducción Animal mención Reproducción Bovina COHORTE II. presentaron en físico, a través del trámite establecido para el efecto en el “Normativo para tutorías de trabajo de titulación del IPEC de la ESPOCH” (Resolución 601. CP.2022), por lo que esto implica que el registro físico sea ingresado al Sistema Académico de Posgrado, para que evidencie la actuación académica de las tutorías y posteriormente proceder con la recepción de la defensa del trabajo de titulación y demás tramitación; para el presente caso sírvanse considerar la concesión de un plazo perentorio que puede ser de hasta 30 días, conforme al informe jurídico remitido mediante oficio Nro. DJESPOCH- MLPC-0013-2024, suscrito por la Abg. Marcela Parra, Abogada de la Institución, y avalado por el Abg. Daniel Antonio Núñez Bucay, Mg. Director Jurídico, mediante Oficio Nro. ESPOCH-DJ- 2024-0219-O.
dc.description.sponsorship Artículo 1.- Autorizar validar los registros manuales de avance de tutorías que los maestrantes Miguel Oswaldo Guzmán Jara y Klever Marcelo Llivicura Guncay estudiantes de la Maestría en Reproducción Animal mención Reproducción Bovina COHORTE II. presentaron en físico, a través del trámite establecido para el efecto en el “Normativo para tutorías de trabajo de titulación del IPEC de la ESPOCH” (Resolución 601. CP.2022), por lo que esto implica que el registro físico sea ingresado al Sistema Académico de Posgrado, para que evidencie la actuación académica de las tutorías y posteriormente proceder con la recepción de la defensa del trabajo de titulación y demás tramitación; para el presente caso sírvanse considerar la concesión de un plazo perentorio que puede ser de hasta 30 días, conforme al informe jurídico remitido mediante oficio Nro. DJESPOCH- MLPC-0013-2024, suscrito por la Abg. Marcela Parra, Abogada de la Institución, y avalado por el Abg. Daniel Antonio Núñez Bucay, Mg. Director Jurídico, mediante Oficio Nro. ESPOCH-DJ- 2024-0219-O.
dc.identifier.uri https://repositorio.espoch.edu.ec/handle/123456789/669
dc.language.iso es
dc.relation.ispartofseries 108.CP.2024
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