RESOLUCIÓN 135.CP.2021

dc.contributor.author ESCUELA SUPERIOR POLITECNICA DE CHIMOBORAZO
dc.date.accessioned 2023-10-18T13:42:44Z
dc.date.available 2023-10-18T13:42:44Z
dc.date.issued 2021-03-16
dc.description Artículo 1.- Sobre la base del informe proporcionado por la Señora Directora de Carrera, es pertinente aplicar para el caso del señor estudiante la disposición constante en la Resolución 712.CP.2020 que indica: “Respetando el derecho de los estudiantes que cursan las mallas no vigentes habilitadas para el registro de títulos, se establece que los mismos puedan matricularse para la titulación y tengan acceso a las dos prórrogas que se encuentra establecidas cumpliendo con las respectivas obligaciones de pagos”, por lo que se acepta el pedido y se dispone que se realicen las acciones pertinentes en cada dependencia para su cumplimiento. Artículo 2.- Encargar la obligación a la Facultad y a la Carrera para la aplicación de esta resolución quienes podrán solicitar las diversas acciones a las instancias o dependencias que corresponda y el compromiso del estudiante de cumplir con sus obligaciones y desarrolle sus actividades en los plazos y condiciones según corresponda.
dc.description.abstract Artículo 1.- Sobre la base del informe proporcionado por la Señora Directora de Carrera, es pertinente aplicar para el caso del señor estudiante la disposición constante en la Resolución 712.CP.2020 que indica: “Respetando el derecho de los estudiantes que cursan las mallas no vigentes habilitadas para el registro de títulos, se establece que los mismos puedan matricularse para la titulación y tengan acceso a las dos prórrogas que se encuentra establecidas cumpliendo con las respectivas obligaciones de pagos”, por lo que se acepta el pedido y se dispone que se realicen las acciones pertinentes en cada dependencia para su cumplimiento. Artículo 2.- Encargar la obligación a la Facultad y a la Carrera para la aplicación de esta resolución quienes podrán solicitar las diversas acciones a las instancias o dependencias que corresponda y el compromiso del estudiante de cumplir con sus obligaciones y desarrolle sus actividades en los plazos y condiciones según corresponda.
dc.description.sponsorship Artículo 1.- Sobre la base del informe proporcionado por la Señora Directora de Carrera, es pertinente aplicar para el caso del señor estudiante la disposición constante en la Resolución 712.CP.2020 que indica: “Respetando el derecho de los estudiantes que cursan las mallas no vigentes habilitadas para el registro de títulos, se establece que los mismos puedan matricularse para la titulación y tengan acceso a las dos prórrogas que se encuentra establecidas cumpliendo con las respectivas obligaciones de pagos”, por lo que se acepta el pedido y se dispone que se realicen las acciones pertinentes en cada dependencia para su cumplimiento. Artículo 2.- Encargar la obligación a la Facultad y a la Carrera para la aplicación de esta resolución quienes podrán solicitar las diversas acciones a las instancias o dependencias que corresponda y el compromiso del estudiante de cumplir con sus obligaciones y desarrolle sus actividades en los plazos y condiciones según corresponda.
dc.identifier.uri https://repositorio.espoch.edu.ec/handle/123456789/399
dc.language.iso es
dc.relation.ispartofseries 135.CP.2021
dc.title RESOLUCIÓN 135.CP.2021
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