RESOLUCIÓN 236.CP.2021

dc.contributor.author Escuela Superior Politecnica de Chimborazo
dc.date.accessioned 2024-04-11T20:34:51Z
dc.date.available 2024-04-11T20:34:51Z
dc.date.issued 2021-04-27
dc.description Artículo 1.- Dar por conocido y acoger el Informe Técnico Legal, remitido mediante oficio Nro. ESPOCH-DTH-2021-1850- O por la Ing. Jacqueline Caisaguano, Directora de Talento Humano, mismo que, tiene que ver con la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema, por lo que se dispone lo siguiente: 1. Notificar con el contenido de la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., al señor Edgar Augusto Torres Lema, a fin de que el mencionado servidor pueda realizar las acciones que considere pertinentes ante este órgano, así como ante los distintos órganos externos a la Institución. 2. Disponer a la Dirección Jurídica Institucional remita a la Fiscalía del Cantón Riobamba, la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema de conformidad a lo determinado en el artículo 422 del Código Orgánico Integral Penal. 3. Disponer a la Dirección de Secretaría General, notifique con el contenido de la presente resolución, la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M y el Informe Técnico Legal, remitido mediante oficio Nro. ESPOCH-DTH-2021-1850-O por la Ing. Jacqueline Caisaguano, Directora de Talento Humano al Sindicato Único de Obreros Politécnicos de Chimborazo de acuerdo a lo establecido en la cláusula 11 de la PRIMERA REVISIÓN DEL NOVENO CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CELEBRADO ENTRE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO Y SUS TRABAJADORES; 4. Se dispone que la Dirección de Talento Humano, al ser la dependencia encargada del personal de la ESPOCH, realice el trámite que corresponda de visto bueno en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema, ante el Ministerio del Trabajo, notificando con el inicio de dichas acciones al mencionado servidor institucional. 5. Disponer la ejecución de las acciones señaladas en el presente Informe Técnico Legal, al departamento de Talento Humano por ser de su competencia de conformidad a lo recomendado en el oficio Nro. 0103.DTH.ESPOCH.2021.
dc.description.abstract Artículo 1.- Dar por conocido y acoger el Informe Técnico Legal, remitido mediante oficio Nro. ESPOCH-DTH-2021-1850- O por la Ing. Jacqueline Caisaguano, Directora de Talento Humano, mismo que, tiene que ver con la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema, por lo que se dispone lo siguiente: 1. Notificar con el contenido de la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., al señor Edgar Augusto Torres Lema, a fin de que el mencionado servidor pueda realizar las acciones que considere pertinentes ante este órgano, así como ante los distintos órganos externos a la Institución. 2. Disponer a la Dirección Jurídica Institucional remita a la Fiscalía del Cantón Riobamba, la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema de conformidad a lo determinado en el artículo 422 del Código Orgánico Integral Penal. 3. Disponer a la Dirección de Secretaría General, notifique con el contenido de la presente resolución, la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M y el Informe Técnico Legal, remitido mediante oficio Nro. ESPOCH-DTH-2021-1850-O por la Ing. Jacqueline Caisaguano, Directora de Talento Humano al Sindicato Único de Obreros Politécnicos de Chimborazo de acuerdo a lo establecido en la cláusula 11 de la PRIMERA REVISIÓN DEL NOVENO CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CELEBRADO ENTRE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO Y SUS TRABAJADORES; 4. Se dispone que la Dirección de Talento Humano, al ser la dependencia encargada del personal de la ESPOCH, realice el trámite que corresponda de visto bueno en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema, ante el Ministerio del Trabajo, notificando con el inicio de dichas acciones al mencionado servidor institucional. 5. Disponer la ejecución de las acciones señaladas en el presente Informe Técnico Legal, al departamento de Talento Humano por ser de su competencia de conformidad a lo recomendado en el oficio Nro. 0103.DTH.ESPOCH.2021.
dc.description.sponsorship Artículo 1.- Dar por conocido y acoger el Informe Técnico Legal, remitido mediante oficio Nro. ESPOCH-DTH-2021-1850- O por la Ing. Jacqueline Caisaguano, Directora de Talento Humano, mismo que, tiene que ver con la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema, por lo que se dispone lo siguiente: 1. Notificar con el contenido de la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., al señor Edgar Augusto Torres Lema, a fin de que el mencionado servidor pueda realizar las acciones que considere pertinentes ante este órgano, así como ante los distintos órganos externos a la Institución. 2. Disponer a la Dirección Jurídica Institucional remita a la Fiscalía del Cantón Riobamba, la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M., en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema de conformidad a lo determinado en el artículo 422 del Código Orgánico Integral Penal. 3. Disponer a la Dirección de Secretaría General, notifique con el contenido de la presente resolución, la denuncia interpuesta por el Ing. Mauricio Vanegas M y el Informe Técnico Legal, remitido mediante oficio Nro. ESPOCH-DTH-2021-1850-O por la Ing. Jacqueline Caisaguano, Directora de Talento Humano al Sindicato Único de Obreros Politécnicos de Chimborazo de acuerdo a lo establecido en la cláusula 11 de la PRIMERA REVISIÓN DEL NOVENO CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CELEBRADO ENTRE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO Y SUS TRABAJADORES; 4. Se dispone que la Dirección de Talento Humano, al ser la dependencia encargada del personal de la ESPOCH, realice el trámite que corresponda de visto bueno en contra del señor Edgar Augusto Torres Lema, ante el Ministerio del Trabajo, notificando con el inicio de dichas acciones al mencionado servidor institucional. 5. Disponer la ejecución de las acciones señaladas en el presente Informe Técnico Legal, al departamento de Talento Humano por ser de su competencia de conformidad a lo recomendado en el oficio Nro. 0103.DTH.ESPOCH.2021.
dc.identifier.uri https://repositorio.espoch.edu.ec/handle/123456789/825
dc.language.iso es
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